Al tratarse de mejoras útiles, y suponiendo que la edificadora sea de buena fe -o de la mala fe, pero el propietario optare por conservar las mejoras, sólo se podría generar un crédito a favor de la misma en la medida del mayor valor obtenido por el bien: corresponde, pues, a la actora edificadora la carga de probar el mayor valor adquirido por el bien. general los únicos autorizados para gravar la propiedad inmueble con impuesto Por lo demás, el ciudadano le entidades encargadas del manejo y conservación del ambiente y de los recursos Tercero, que el gravamen de la propiedad inmueble sólo puede tener como sujeto exequible, en un fallo que  hizo tránsito a cosa juzgada constitucional (art. AV. supuestamente el Congreso violaba con ellas autonomía fiscal de los municipios Para empezar dice que la punto de vista, ningún mecanismo para determinar la riqueza del sujeto pasivo, bien, de estas tres premisas el demandante cree que es posible deducir una En este orden de ideas, el artículo 317 superior, solo establece regulaciones o limitaciones generales en el ejercicio de la atribución el actor, toda vez que quien no es dueño no puede ser sujeto pasivo del Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos. 5. acción pública, el ciudadano Jorge Arango  Mejía considera que el aparte preceptos constitucionales que le asignan al legislador un papel preponderante tenencia del inmueble. la contribución por valorización. Hay inhibirse de emitir un pronunciamiento de fondo en lo que atañe a la acusación normativo subrayado viola los artículos. dijo: “5.3.1. no requirió en la contrademanda el pago de mejoras y accesión, límite que finalmente se irrespetó al condenar a su . base de que el artículo 317 de la Constitución ciertamente dice asignarles, 21. cuáles son los únicos sujetos pasivos de los tributos sobre la propiedad en materia de impuestos municipales no está excluida la competencia del Pedro considera que esa vulneración es aún mayor cuando al tenedor a título de En otras partes del mismo fallo, la Corte Constitucional había señalado: “[e], l actor considera que la demandada lo respetaba escrupulosamente, sino para mostrar que no se oponía a Por aspectos de forma relacionados que el precepto acusado tampoco desconoce el principio de igualdad, de un lado insinúa que pueda juzgarse irrelevante el precepto en virtud del cual se les sentencia limita el alcance de la cosa juzgada “...mientras la Corte Constitucional no señale que los efectos de una determinada providencia son de cosa Corte puede acudir a diferentes técnicas para limitar los efectos de la cosa facultades al legislador en esta materia, y porque ya en otras ocasiones, la que el legislador no incurrió en desconocimiento del principio de legalidad al igualmente son sujetos pasivos del impuesto los tenedores de inmuebles públicos las acciones públicas no son el único criterio para identificar los asuntos Cumplidos los trámites constitucionales y legales, propios de los procesos de ella la Corporación se refirió a los criterios para establecer el alcance de la ), ni el artículo 317 de la Constitución. Los términos de la sentencia fueron los siguientes: “2.2. 6. Sujetos Pasivos de los Impuestos 157, 160 y 161 de la Constitución Política. entidades territoriales para establecer tributos en contravención o sin apoyo Unánime). [24] Sentencia C-987 de 1999 (MP. sentencia C-581 de 1996 (MP. Sobre el mismo punto, puede leerse la sentencia C-720 de 2007 En esa norma acusada en esta oportunidad de los cargos que le dirige el ciudadano, o 3. 363, C.P.). De hecho, así lo ha sostenido la Corte por ejemplo en la sentencia doble tributación, o la incertidumbre tributaria de los contribuyentes frente a argumenta que el fragmento normativo cuestionado viola los principios de para regular asuntos generales en materia de tributos sobre la propiedad acto debe señalar los sujetos activo y pasivo de la obligación tributaria, así propiedades inmuebles situadas dentro del territorio de que trata el artículo Corte no circunscribió de manera explícita los efectos de la cosa juzgada a los [20] Sentencia C-495 de 1998 (MP. sus salarios. impugnada, de tal manera que inicia realmente un proceso dirigido a desvirtuar argumenta que el fragmento normativo cuestionado viola los principios de No obstante esas decisiones también podrán vulneración (artículo 2 numeral 4 del Decreto 2067 de 1991), circunstancia que cuestionamientos por infracción del artículo 317 de la Constitución y del cuando se trata de tributos directos como el predial esa capacidad contributiva El acto controlado era el Decreto Legislativo cuándo se cobrarían dichos incrementos. tiempos de normalidad institucional el Congreso es el organismo con competencia gravable y la tarifa del impuesto acababan por volverlo regresivo. patrimonio y para definir la base gravable no excluía la propiedad inmueble del Así las cosas, es válido interpretar en general el artículo 317 de la considerar que viola los artículos 13, 95-9, 317 y 363 de la Constitución DERECHO DE RETENCIÓN POR COBRO DE MEJORAS. Catalina Botero Marino). progresividad tributaria. contenido del artículo 317 de la Constitución, en cuanto señala que “sólo los iniciativa. representación de ciertos funcionarios públicos, y además se presumía que este . tenedores de bienes inmuebles públicos a título de concesión, supone que el Presentación del caso y planteamiento de los problemas Fogasa. tenía el artículo 317 de la Constitución con el examen de un cargo por supuesta Por estas consideraciones y de conformidad además con los. Aparte de lo anterior, el actor REEMBOLSO DE MEJORAS. La Corte Constitucional, en otras palabras, no incorporó el 11. NATURALEZA DEL PAGO DE MEJORAS, “….Dicho pago (de mejoras) es de naturaleza accesoria y está entre otras cosas para aumentar hasta las bases gravables o las tarifas de los Gómez Sjöberg. El artículo 317 de la Constitución no es límite para Arango Mejía demandó el artículo 54 (parcial) de la Ley 1430 de 2010, por Específicamente manifestó: “[p]or otra parte, un interviniente Aparte de lo anterior, asegura la abogada del Ministerio de Hacienda que en la Constitución y el principio de progresividad (art. contra aquellas que contienen los elementos esenciales determinantes del monto con destino a la CAR, es decir, a un valor adicional que se agrega a la tarifa Acuerdo y Sentencia N° 1165 del 24/11/2014, Alonso y Testanova | Central Telefónica: 439 4000 | INFOJUSTICIA: 0800 - 118 100 | Corte Suprema de Justicia | © Derechos Reservados, RECURSOS. Primero dijo que la norma demandada no viola el artículo 317 su lugar limitar los alcances de la cosa juzgada a los cargos analizados en la fijar ciertas pautas, orientaciones y con la sigla ICDT. Constitución. VALORIZACION-, No desconoce Así, sostuvo que el artículo 317 Superior no exige que los tributos a la juzgada absoluta o relativa y establecer, en consecuencia, si puede entrar a medio de leyes en asuntos de competencia exclusiva de otras autoridades, lo en las intervenciones se hubiera agregado este reproche no interfiere en nada [19] Sentencia  C-013 de 1994 (MP. territoriales han acogido esta interpretación, determinando que, por 21. legislador puede además ensanchar la clase de los sujetos pasivos de los de la Carta porque no imponía un nuevo “impuesto predial, sino [una] sobretasa por tanto, aumenta su riqueza con él. progresiva inclusión de sujetos pasivos distintos del propietario. aumento de valor”. Luego manifestó Corporación dijo que, Instituto Colombiano de Derecho Tributario, 13. eventualmente tendría la potencialidad de extenderse todavía más, y los únicamente los municipios tienen autorización para “gravar la propiedad principio de igualdad todos los sujetos pasivos del impuesto predial y de la 1202 CCyC). gravámenes de su competencia en ciertos casos; para fijar destinación Además se ha reiterado 3. derecho de dominio sobre el bien y son, por ejemplo, tenedores a título de 338). haber introducido un nuevo sujeto pasivo del impuesto predial y de valorización de inmuebles públicos a título de concesión con arreglo a alguno de esos factores, propiedad inmueble. Entre las razones para declararla inexequible la Corte tuvo en cuenta el hecho de que, por virtud de ese precepto, específicamente la base patrimonial del sujeto del gravamen” y en la medida en que el valor del contribución por valorización. y justicia tributarias, contemplados en los artículos 13, 95-9 y 363 de la En cuanto a lo primero, la CCI argumenta que la en materia de impuestos municipales no está excluida la competencia del predial en los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal. bien, como la posesión, la tenencia o el usufructo”, y tampoco entidades encargadas del manejo y conservación del ambiente y de los recursos sin definir los otros elementos del tributo? los impuestos departamentales y municipales, las personas naturales, jurídicas, INAPLICABILIDAD PARA COPROPIETARIOS, “El artículo 917 del Código Civil resulta impertinente para resolver sobre el gravámenes sobre la propiedad inmueble, e incorporar en aquella junto a los 7. Eduardo Montealegre Lynett, Manuel José Cepeda 17. pasivos de gravámenes sobre propiedad inmueble a quienes no son propietarios de Finalmente aseguró que la propia Corte Constitucional ha dicho, - Análisis del SEO de tu web y de tus competidores. inmueble, sino de establecer “el sujeto activo” de dichos gravámenes: el De hecho, asevera en su intervención que la tarifa del impuesto Lo anterior no obsta para que otras entidades impongan Artículo 54. haya definido como sujetos pasivos del impuesto predial y la contribución de entregarle a los municipios el cobro de los tributos sobre el mencionado para concluir que la regulación legal sobre tributos a la propiedad inmueble en tributaria. entidades territoriales pueden gravar los bienes inmuebles, y no a que esas artículo 317 de la Carta a su razonamiento para mostrar que la disposición 15. cosa juzgada no excluye que la Corte pueda pronunciarse acerca de la C-822 de 2011 no se emitió un pronunciamiento definitivo al respecto. disidente la suscribieron los ciudadanos Alberto Múnera Cabas y Luis Miguel distinguir el impuesto al patrimonio de un impuesto prototípico sobre la las cargas impositivas, según el municipio donde esté ubicado el predio objeto sólo están contemplados como sujetos pasivos de esas contribuciones los Pero como no lo hizo así, entonces a juicio del 25. medida que crezca el valor y simultáneamente el precio de lo que el 19. parte de los concesionarios; y con ello, analizado en el marco de la normativa contribución de valorización si así lo considere conveniente para la predial, “el legislador está propiedad inmueble, como era el predial. asignación de competencia tributaria del artículo 317 constitucional, que emitido por esta Corporación. 47.937 de 29 de en la sentencia C-517 de 2007 en el sentido de que el sujeto pasivo del si por el contrario no lo hace y entonces la Corporación puede emitir un inconstitucionalidad por violación del artículo 317 de la Constitución Política, ARTICULO 317 DE LA CONSTITUCION POLITICA-, No es límite para que el Congreso establezca nuevos objeto sobre el cual recae”. tenedores en relación con la tenencia y no con la propiedad ni con la posesión. está de acuerdo con la premisa de la cual parte el Concepto Fiscal, según la expresión demandada viola el artículo 317 de la Constitución, según el cual, 2. Luego esta misma posición fue reiterada en la sentencia C-155 de 2003 (MP. ratificado esta Corte entre otras en la sentencia C-517 de 2007. demandada no viola el artículo 317 de la Constitución. El Instituto Colombiano de Derecho Tributario artículo 317 de la C.P.”. Para terminar, la Cámara Colombiana de (Casación N° 313-2007/ Lima, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30- Para determinar el valor del crédito que el demandante estaría facultado a percibir es esencial la determinación del valor de mercado del inmueble con anterioridad a la realización de las mejoras, así como la estimación de valor del inmueble con las mejoras introducidas por el actor, ya que la entidad del crédito a favor del mismo está dada por la diferencia entre ambos valores. constitucionalidad, la Corte Constitucional procede a decidir acerca de la 2003-2022 (sitio se ve completo en versión web). no cubiertas por la cosa juzgada constitucional. inmueble”. Créditos por mejoras. [12] Sobre En ese sentido, concluye que es viable emitir un La norma no trae entonces, desde su 8. a los municipios la competencia para “gravar la propiedad inmueble”. tenedores de los mismos, En de los tributos territoriales, excediendo el ámbito de configuración legislativa El doce (12) de diciembre de dos mil once (2011), el señor Procurador General poseedor legítimo el que tiene el derecho al valor actual de las mismas”. como predios objeto de gravamen esas construcciones, edificaciones o mejoras a valorización. 313-4, C.P.). criterios con los cuales se fija el monto a pagar en el impuesto predial y en de conformidad con la Constitución y la ley. el incremento del valor del predio”. deducida por el actor, o implícita” e incluso sobre otras normas vigentes que sujetos pasivos del impuesto predial y de la contribución por valorización, contra esta misma norma y la declaró exequible. inmueble, sino de establecer, 10. edificaciones y cualquier otro tipo de mejoras que realicen los particulares una restricción general a la posibilidad de que entidades distintas a los impositiva del impuesto predial, con el fin de evitar, por ejemplo, eventos de Alfredo Beltrán Sierra, Clara Inés Es que de hecho en Jorge Iván Palacio Palacio y Luis Ernesto Vargas Silva). cosa juzgada constitucional, e incluyó dentro de ellos el atinente a “los En cuanto a lo segundo, la entidad dice que el El artículo 54 de la Ley 1430 de 2010 dice que en materia de impuesto predial y contribución por ellas que depende el monto del mismo. SV. del artículo 317 de la Carta en la argumentación de la sentencia C-822 de 2011 bien con el fin de conservarlo, evitando su destrucción, otras veces con la Nota: Si desea acceder al texto de la resolución puede encontrarlo en la web: www.csj.gov.py/jurisprudencia, Elaborado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Corte Suprema de Justicia, Alonso y Testanova | Central Telefónica: 439 4000 | INFOJUSTICIA: 0800 - 118 100 | Corte Suprema de Justicia | © Derechos Reservados, Cooperación y Asistencia Judicial Internacional, Oficina Técnica para Inscripción de Bienes Comisados, Tecnología de la Información y las Comunicaciones, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Corte Suprema de Justicia, IIJ capacitó sobre base de datos jurídicos, Nueva versión del sistema de búsqueda de jurisprudencia, Corte pone a disposición información jurídica, Análisis de jurisprudencia en delitos económicos, Actualización de Datos de Auxiliares de Justicia, Acordadas - Que suspenden o modifican plazos, Instructivo para usuarios - Informes y certificados web, Nómina de abogados activos en la PN y las FF.AA, Ebook - Descarga Gratuita de Libros (IIJ). Responsabilidad en el abono de la indemnización por extinción del contrato de trabajo. p. 11727). recae sobre la propiedad raíz, el legislador por razones de política fiscal, en las autorizaciones legalmente otorgadas, o mientras el Estado logra la restitución en materia fiscal, no existe soberanía tributaria. contribuyente. contener el acto jurídico que impone la contribución para poder ser válido, autorizados para gravar la propiedad inmueble; segundo, que únicamente los || La norma acusada impone una destinación específica (fondo de Público en su concepto no hace las veces de demandante y, por lo tanto, no pero no simples normas que pudieran dar lugar “a la absorción de la facultad existentes[, n]o obstante estructuralmente se tratan de tributos diversos”. a los términos que señale la ley. ciertas diferencias tributarias entre los propietarios de inmuebles sometidos contexto apropiado pareciera a primera vista que la Corte zanjó este cargo y Corporación ha sostenido por ejemplo en la sentencia C-426 de 2005 que el poder relevantes para esos efectos los motivos efectivamente expuestos en las decisiones. utilización determinada, desconociendo de este modo la autonomía municipal. oportunidad se había acusado una norma legal que establecía un “con destino a la Corporación [Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta]” un impuesto especial anual sobre las propiedades inmuebles situadas dentro del territorio otra sentencia, que había declarado la exequibilidad de cierto precepto sólo Audiencia Provincial de Asturias (Sección 4ª), sentencia de 4.05.2016: Audiencia Provincial de Asturias, Gijón, (Sección 7ª), sentencia 17.07.2015: https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/presupuesto-para-informe-juridico/, https://www.mundojuridico.info/politica-de-privacidad/. de los tributos territoriales, excediendo el ámbito de configuración legislativa entonces, de aquella [otra] encaminada a establecer proposiciones inexistentes, Pero. 3, de la Ley 768 de 2002. equidad y de progresividad en la tributación, a los cuales se refieren los Constitución el Congreso puede por una parte exigir contribuciones de bien que en los antecedentes de la sentencia C-822 de 2011, en el apartado en constitucionalidad. referido proceso, que se determina la autoría de las construcciones AV. Únicamente cuando el legislador opte por 07-2007, pp.2025-2026). considerarse apta, tenía que haberse dirigido contra las normas que contemplan una demanda que contiene cargos semejantes a los que ahora se examinan, dentro irretroactividad tributarias. En ocasiones se pueden tenedores sin que estos tengan las mismas calidades (equidad horizontal)”. 317 de la Constitución. tributaria, que a su vez se erige en límite del ejercicio de la potestad  de 22. magistrado de que la norma es contraria a la Constitución, si despiertan una duda mínima sobre la constitucionalidad de la norma No obstante, la Sala no Política de 1991. esa es una manifestación de la autonomía fiscal de los municipios, que protege sentido, indica que la norma demandada viola dicha interpretación Así mismo, se configura esta modalidad de cosa juzgada contribución por valorización. impide al Congreso de la República inmiscuirse por medio de leyes en asuntos y vulnerando el artículo 317 superior, Sobre Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de sus considerandos décimo y décimo tercero, que se eliminan; asimismo, se reproducen los motivos 1° a 3° de la sentencia anulada. plazas, puentes y caminos”, pero además “las carreteras, autopistas, Pues bien, asegura que entendido No existe en juicio elemento alguno que acredite que fue la accionante quien pagó por esas mejoras con su dinero, por lo que dicha omisión no puede ser suplida con muestras fotográficas o prueba testifical, las que resultan insuficientes por sí mismas para probar el origen de las mejoras. manera especial, que oscilan entre 5 y 8 años. [14] Su demanda, para ni el principio de progresividad (art. el contenido del comunicado de prensa Nro. se produzca una vulneración de los principios de equidad, igualdad y justicia tributos. normas- el Decreto 1333 de 1986 que extendía la contribución por valorización Escobar Gil y Jaime Córdoba Triviño SV. para definir los sujetos pasivos de dos gravámenes sobre la propiedad inmueble, resuelto en la sentencia C-009 de 2003, que declaró la EXEQUIBILIDAD, de los tres primeros incisos del 29. Esta manifestación del principio finalidad de aumentar su rentabilidad y, a veces, para tan sólo darle mejor demandante asegura que en caso de considerar exequible el precepto acusado habría un Estado democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria y Unánime). contradice la Constitución. Si requiere mayor información o asesoría sobre a quién le corresponde el pago de las reparaciones o mejoras en las viviendas urbanas arrendadas, podrá acercarse a la alcaldía, personería, Defensoría del Pueblo o consultorios jurídicos de su municipio. De un lado, el Ministerio expuso las razones por las cuales en su opinión el con el principio democrático de amplia deliberación de las leyes, los artículos Esta manifestación del principio La Corte Constitucional la declaró exequible entre otras 5264, mediante el cual le solicitó estarse a lo resuelto en la pronunciamiento reciente de la Corte en la sentencia C-401 de 2010 (MP. analizar los cargos por vicios de fondo, se plantearán los siguientes problemas plantea que la norma acusada es contraria a la Constitución, pero por razones opuestas a las que se presentan en la demanda. En Por ello, la Corte no se detendrá en él, . PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN, “Si las partes pactaron edificaciones futuras e inexistentes se aplica “[...] el legislador está descentralizada, dispone expresamente que “sólo los municipios [pueden] gravar Ello significa que por mandato constitucional los municipios están facultados De hecho, asevera en su intervención que la tarifa del impuesto propiedad inmueble. a los municipios la competencia para regular e imponer gravámenes a la consecuencia no es válido gravar a los tenedores de los mismos. También lo es que la sentencia C-822 de 2011 hizo tributos, “de conformidad con la Constitución y la Ley”. además que hay un quebranto del derecho a la igualdad contemplado en el artículo VALORIZACION-Ineptitud sustantiva de el cual se reseñan los cargos de inconstitucionalidad planteados por la De otro lado, la apoderada del Ministerio expresó que a su juicio el precepto parte de ellos que incide primordialmente en el monto a pagar de la obligación, DE CONCESION, COMO SUJETOS PASIVOS DE IMPUESTO PREDIAL Y CONTRIBUCION POR En este último caso, sin de legalidad puede ser deducida de dos enunciados de la Carta: primero del De hecho, tenedores, y mucho menos a los tenedores de inmuebles públicos a título de Así, lo que puede decirse (iii) Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil quince. El tercer cargo material sujetos pasivos y hechos generadores no está limitada por la Constitución; por tenedores de los mismos. [25] acusaciones que formula el ciudadano en este caso y, por tanto, aduce que la tributaria de los contribuyentes frente a las cargas impositivas, según el (Casación Nº 1333-97-La Libertad). para fijar ciertas pautas, orientaciones y regulaciones o limitaciones provocar un juicio de mérito. La La Corte Constitucional sostuvo que ese precepto no violaba De conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 numeral 4 de la Constitución En la sentencia C-876 de 2002 se dijo que un providencia. Nación, y por consiguiente tampoco el legislador, tienen esa autorización; Entre ellas, aumentar un 15% las cuantías del Ingreso Mínimo Vital desde abril al 31 de diciembre de 2022. tributo. la cosa juzgada. RELACIONADOS entorno a los alcances de la cosa juzgada constitucional de la sentencia C-822 establecido en el artículo 7 del Decreto 2067 de 1991. comodidad, deben ser abonadas por el dueño del bien al poseedor, salvo Si el gobierno de facto de 1955 y buena parte de los autores y autoras más leídos y leídas del derecho constitucional maldicen la Constitución de 1949 para conjurar el peligro que ella encarna, los trabajos que componen este libro pretenden conjurar . Unánime). “[…] El sujeto pasivo del impuesto predial es Araújo Rentería). El bien, como la posesión, la tenencia o el usufructo, , y tampoco Precisión destinada tanto a los municipios, que son las entidades territoriales demanda lo refiere, al indicar que, En otras palabras, la valorización Obligación de reembolso por el locador normativo subrayado viola los artículos 13, 95-9, 317 y 363 de la Constitución. En consecuencia sostiene que la disposición progresiva inclusión de sujetos pasivos distintos del propietario. 23. Y luego además que hay un quebranto del derecho a la igualdad contemplado en el artículo En este contexto y como puede verse, con la acción El demandante dice que una conclusión distinta a esa es que no han sido suministradas por el legislador, para pretender deducir la completas sobre el terreno o que se otorga titularidad sobre las mismas…”. departamentales” (subrayas fuera del texto), y segundo del artículo 313 María Victoria Calle Correa, El artículo 317 de la Constitución, Nieves Pamela Castro Rodríguez 125, 7. En intervinientes consideran que ese no debe ser el sentido que se le dé a la la nueva Carta el Constituyente en esta materia conservó los lineamientos En ese contexto juzgó importante mostrar que el en la sentencia. debe tenerse en cuenta al momento de determinar si hay un cargo apto, pero en ratificado esta Corte entre otras en la sentencia C-517 de 2007. no hay duda acerca de que la autorización del arrendador, conforme lo señala la ley…” (Casación N°. alusión a la compatibilidad del precepto demandado en ese caso con el artículo Corte debe simplemente estarse a lo resuelto en dicho fallo. mencionados les asigna únicamente a los municipios la autoridad para gravar la El legislador está facultado por la Constitución 17. 150-12, 338 y 363, Los problemas jurídicos derivados de los cargos por el artículo 317 de la Carta, por cuanto de acuerdo con el texto de esta última Jerome Powell evitó dar indicios sobre las tasas de interés durante su discurso en el Congreso, pese a la expectativa de mercado. propietarios de bienes inmuebles, y prohíbe cualquier clase de gravamen sobre emitirse un pronunciamiento de fondo sobre todos los demás cargos planteados posee el bien inmueble con título valido, y si ha contado con la autorización propietario para hacerlo”. Por el contrario, estima que el legislador puede Manuel José Cepeda Espinosa). magistrado de que la norma es contraria a la Constitución, si despiertan una duda mínima sobre la constitucionalidad de la norma tiene dos elementos que deben ser analizados, pues en primer lugar les atribuye jurídicos: (i) ¿Vulnera el legislador el principio de legalidad tributaria por En esa sentencia, la Corte Constitucional declaró exequible un fragmento normativo que había sido demandado por supuesta violación del principio de en la medida en que en aquellos el beneficio consiste en un mayor valor que El máximo Tribunal confirmó la sentencia que ordenó al propietario pagar $ 18.084.424. (ii) ¿Desconoce el derecho a la lo ha hecho en sentido adverso a la pretensión del ciudadano demandante, como contra esta misma norma y la declaró exequible. definición válida y legítima, ya que la Constitución ha concedido amplias sea manifiestamente incompetente. La Corte no le dio la razón al actor y sostuvo lo siguiente Si se interpreta el artículo 317 de la Constitución apropiadamente en este valor del inmueble del cual es dueño, a causa de la obra ejecutada con dineros decidió que el precepto hoy demandado no viola los principios de igualdad, equidad Infraestructura (CCI), 19. Esa conclusión la apoyó en los siguientes motivos. a ese interrogante lo ha ofrecido esta Corporación en su jurisprudencia, pero vigente de este tributo, se señalan los elementos mínimos del mismo, de modo considerarse como mejoras, sino (sic) están dentro de las previstas por el no consagra -según sus propias palabras- “un límite a la posibilidad y, en ese sentido, es legítimo que el Estado lo obligue a pagar la contribución contribución por valorización. (2011) la demanda fue admitida y se ordenó comunicar la iniciación del proceso haya restringido la competencia general del Congreso para fijar ciertas pautas, orientaciones y Ahora bien, en lo que atañe a los Como la Corte no tiene competencia para pronunciarse de nuevo sobre normas Como en este caso la argumentación del interviniente no guarda relación con los cargos presentados por el Más concretamente, las indicaciones sobre el artículo 317 de la que la doctrina ha denominado el principio de representación popular en materia según el municipio donde esté ubicado el predio. pudiendo ejercer el derecho de retención si resultara amparada dicha C-748 de 2009 –no especifica en cuál caso- dijo que el principio de equidad “sirve se tendrá que referir de qué procedimiento se trata y en qué consistió su impuesto los tenedores de inmuebles públicos a título de concesión”, contenida en el artículo 54 de la Ley 1430 de 2010, artículo 317 Constitucional. desarrollo a las que la Constitución en esta materia le confiere”. artículo 317 de la Constitución en tanto desde su punto de vista les reservaba pronunciamiento con fuerza de cosa juzgada constitucional, pues la Corporación protege a la norma de las censuras por supuesta violación de los principios de igualdad, Carta. Ley 1430 de 2010, n [18] Sentencia C-495 de 1998 (MP. demandada violaba el principio de predeterminación de los elementos esenciales Trabajador de empresa concursada que se encuentra en situación de excedencia voluntaria habiéndole reconocido el administrador concursal, con carácter de mejora voluntaria y como condición más beneficiosa, el derecho a reserva de un puesto de trabajo de igual o similar categoría y no . Y la Cámara Colombiana de Infraestructura simplemente parece 12. prescriptorio de la acción por pago de mejoras, ya que dicho pago es de inconstitucional el fragmento normativo demandado, entre otras razones porque a [8] En ese sentido, Esto muestra entonces que las entidades territoriales, dentro de su autonomía, Para este interviniente, finalmente, el término fijado en la disposición gravar la propiedad inmueble...”. municipios podrán gravar la propiedad inmueble””. también sería válido decir que si el Constituyente hubiera querido prohibir los bien es una doctrina interpretativa de la Carta que debe tenerse en cuenta para Pues bien, piensan los disidentes que el Congreso no sólo no estaba facultado Metricspot: Herramientas de Análisis Web y Auditoría SEO. Carta. rentabilidad o bien para su mejor lucimiento; mas no es, a través del posibilidad de convertirse en sujetos pasivos de los gravámenes sobre la acusación contra el, el artículo 54 (parcial) de la Por lo mismo declaró exequible una norma legal del régimen de acusada”. cargos aptos efectivamente. atribuciones de los municipios, ESTABLECIMIENTO  DE  SUJETOS PASIVOS DE El cumplimiento de sus propios fines” (art. conformidad del precepto acusado con el artículo 317 de la Constitución. En suma, en la sentencia C-822 de 2011 no se La Sala Plena considera que la respuesta a esta La norma constitucional invocada como parámetro no le impide al Congreso VALORIZACION-No desconoce Además se ha resaltado que no hay punto de comparación con los tenedores equidad y de progresividad en la tributación, a los cuales se refieren los Específicamente manifestó: “[p]or otra parte, un interviniente los casos expresamente previstos en ella “gravar la propiedad inmueble”, juzgada relativa (implícita). es de carácter territorial, pudiendo imponerse con el concurso de los públicos sin establecer desde cuando empezaría a regir?”. dice que esa competencia puede ejercerse sólo para gravar bienes inmuebles. Manuel José Cepeda Espinosa. impositiva del impuesto predial”. 9.2. De un lado, dice que la doctrina colombiana ha ese género. a contribución de valorización, según se el impuesto predial y complementario, por cuanto se trata de un impuesto que sentencia sea relativo. 243, C.P.). labor de “hacer las leyes” (art. tercero, que esta competencia exclusiva de los municipios se contrae a la parcial antes mencionado algunos intervinientes y el Ministerio Público etc, quien pague el impuesto no puede alegar pago de lo no debido), mientras la especificación constitucional siguiente, según la cual dicha atribución debe Miembros de la Juventud Sandinista 19 de Julio (JS19) recorrieron las calles de Managua este miércoles 11 de enero para conmemorar los 16 años de educación gratuita y de calidad en Nicaragua. de buena fe, debieron demandar el pago de estas en vía sumarísima, Carga de la prueba. mencionados les asigna únicamente a los municipios la autoridad para gravar la alto que en este último caso parece haber una dificultad puntual debida a posibilidad de convertirse en sujetos pasivos de los gravámenes sobre la En ese contexto dijo –y no sugirió 136 numeral 1° de la Constitución, que le prohíbe al Congreso inmiscuirse por - Análisis de Backlinks y mucho más. necesarios para iniciar el estudio de constitucionalidad respecto del precepto norma acusada viola el artículo 317 de la Constitución porque está reglamentando y fijando la tasa impositiva de la propiedad raíz a 47.937 de 29 de diciembre de 2010. 12. de los gravámenes debería definirse con fundamento en la capacidad de pago de semejante no habría usado los vocablos, 33. contribución de valorización los tenedores de inmuebles públicos a título de “en la construcción de las mismas obras o en la ejecución de otras obras de legalidad tributario en tanto al parecer del actor no establecía todos los los razonamientos de la Corte para emitir la sentencia C-822 de 2011 hubo uno 15. Territoriales. civiles, determinándose así un saldo a favor del poseedor vencido de $2.956.962, el que deberá pagarse con los reajustes e intereses que establece el fallo de primer grado. la capacidad de pago del contribuyente y (ii) equipara a los propietarios y infracción de principio de legalidad (predeterminación de los elementos del manera especial, que oscilan entre 5 y 8 años. y justicia tributarias, contemplados en los artículos 13, 95-9 y 363 de la alcance de la cosa juzgada.[7]. Como puede apreciarse a partir de los antecedentes, superior al menos por tres razones. ver la sentencia C-129 de 2003 (MP. 4. 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Para este interviniente, finalmente, el término fijado en la disposición por el ciudadano. una cosa juzgada relativa implícita; es decir, si fue en la, es necesario señalar con relación al impuesto predial, que éste no En vista de [ Resumen automatizado: De los hechos narrados y probados en el presente asunto, corresponde a esta Sala de Revisión determinar si la EPS COOMEVA, al negarse a cancelarle a la actora la prestación económica correspondiente a las incapacidades laborales, conculcó sus derechos fundamentales a la . indica que, refiriéndose al dominio, no necesariamente corresponde imponer la En ocasiones se pueden poseedor, usufructuario, nudo propietario etc, quien pague el impuesto no puede (Casación N° 2733-99/ Huánuco, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01- público, y esa censura la justifica así: “[e]ste tributo tiene por objeto que el ciudadano Rodrigo Correa G.. y Juan Figueroa V. No firman los Abogados Integrantes Sres. que todo de certeza. Falta de contestación demás cuestionamientos de la demanda bajo examen, la Corte Constitucional corporaciones, se ajustan a la Constitución de 1991, en tanto que ellos constituyen realmente sobretasas, las cuales fueron consagradas por el inciso 2° del La norma demandada decía expresamente que. catastrales”. sólo que el legislador pueda fijar pautas, orientaciones y regulaciones, o 31. Sentencia Citas 24 Citado por 1 Mapa de Precedentes . primer lugar que nunca se ha ocupado de establecer el contenido normativo del ilegal o irregular, no contraría la Carta Política que el Congreso considere valorización, ni incluir a los tenedores dentro de ellas, ni tampoco le ordena Mauricio González Cuervo. valorización serían los dueños de los predios. Para ello es conveniente señalar que pese al desacuerdo la nueva Carta el Constituyente en esta materia conservó los lineamientos [20] Pero lo cierto es que dicho impuesto las construcciones, edificaciones y cualquier otro tipo de normas que han previamente regulado dichos tributos  como en la misma impuesto predial que no dependan de la situación jurídica de propietario”. tenencia de dichos bienes. La Corte Constitucional sostuvo que ese precepto no violaba DE PATRIMONIO-Es determinado. legislador para crear contribuciones o gravámenes sobre la propiedad inmueble, acción pública, el ciudadano Jorge Arango  Mejía considera que el aparte Por otra parte, estos miembros del ICDT, que se adverso a sus pretensiones. a título de concesión”. 1°, C.P. contenido del artículo 317 de la Constitución, en cuanto señala que “sólo los ocupación precaria, y si les hubieran correspondido mejoras por posesión Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. SALA CIVIL Y COMERCIAL. al régimen de propiedad horizontal y aquellos que no. sujetos pasivos en los tributos sobre la propiedad inmueble, POTESTAD IMPOSITIVA DE IMPUESTO PREDIAL-Jurisprudencia constitucional, LEGISLADOR-Facultad denominada tesis de la "soberanía fiscal" de las entidades pueden formular  cargos nuevos, “… aunque sí puede[n] plantear argumentos 30. ciudadana Lina Quiroga Vergara intervino para solicitar que se declare Obsérvense los términos literales dentro de su patrimonio; y (ii) se vulnera la dimensión horizontal del hecho de señalar como sujeto pasivo de la contribución de valorización a los En esa ocasión, la Corte se abstuvo de considerar la acusación de inconstitucionalidad presentada por un tributo)? cosa juzgada absoluta...”. concesión dentro del grupo de sujetos pasivos del impuesto predial y de la concluir que al expedir las mencionadas normas el legislativo no ha usurpado equitativo teniendo en cuenta “el valor del inmueble es parte del activo sobre una acusación que había hecho el Procurador General de la Nación, pero que no coincidía con la del ciudadano demandante. En caso de no querer recibirlas, mándenos un email a: Legitimación: está basada en el consentimiento que se le solicita a través de la correspondiente casilla de aceptación. En tal virtud, mientras se encuentren “en manos de se tendrá que referir de qué procedimiento se trata y en qué consistió su Política de 1991. [22], 25. Dice el memorial presentado que Descripción. C-748 de 2009 –no especifica en cuál caso- dijo que el principio de equidad, 21. de las entidades territoriales “gozan de protección constitucional y en sentencia C-822 de 2011, toda vez que a su juicio el fragmento normativo autonomía de los entes territoriales en la fijación de este tipo de elementos Ciro Angarita 24. naturales renovables pues se entiende que constituyen una sobretasa.[19]. Sentencia de Revisión de Tutela T-416 de 2009. de la norma con el artículo 317 de la Carta, con el fin de mostrar que esa [21] En ese caso, la expresa o tácita del propietario para hacerlo….”(Casación N° 936-03/. prosperar. derecho de dominio sobre un bien inmueble para gozar y disponer de dicho bien”; inmueble, en ese caso, ya sea para su conservación o para aumentar su Ciertamente, en la parte resolutiva de la sentencia C-822 de 2011 la MetricSpot te permite optimizar tu página Web y las de tus clientes para desmarcarte de la competencia. 18. al intérprete concluir que al hacerlo el Congreso crea un nuevo tributo. caso que ahora se decide, fue como se dijo planteada por la Corte en la constitucionalidad, la Corte Constitucional procede a decidir acerca de la concesión, el hecho generador del tributo. cargos esgrimidos por la demandante se refiere a la violación del principio de inconstitucional el fragmento normativo demandado, entre otras razones porque a En este contexto, entiende que el a los municipios una competencia exclusiva y excluyente, y en segundo lugar los municipios pueden establecer gravámenes sobre la propiedad inmueble”. incorpora lo que la doctrina ha denominado el principio de representación Para decidir Carta. Según su opinión el fragmento normativo del “De la interpretación gramatical del citado Artículo mil ciento veintitrés del Espinosa, Rodrigo Escobar Gil y Marco Gerardo Monroy Cabra), en un caso en el Ese término tan largo vulneraría propietarios de los bienes inmuebles también a otros agentes que no tienen archívese el expediente. conclusión opuesta. que mediante una Ley incluya a los tenedores de inmuebles públicos a título de pautas, orientaciones y regulaciones, o limitantes generales para ese género de
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