mediante un sistema automático de procesamiento de datos. Inscritos los actos a que se refiere el primer párrafo, haya o no mediado informe técnico, se comunicará al área, En el supuesto regulado en el cuarto párrafo del, artículo 16, cuando las oficinas registrales involucradas, pertenezcan a más de una Zona Registral, actualizada, la base de datos de la Zona Registral en la que se, inmatriculó el predio, el jefe del área de catastro remitirá, la información gráfica del predio inmatriculado al jefe del, Artículo 13.- Contenido del asiento de inscripción, El asiento de inscripción, sin perjuicio de los, requisitos especiales que para cada clase, a) La naturaleza y la extensión o alcances del acto o. b) La existencia de condición, plazo, limitación, cláusula resolutoria expresa, así como los demás datos, relevantes para el conocimiento de terceros, cuando, consten en el título y siempre que por sí mismos no den, d) La designación de la persona a cuyo favor se, extiende la inscripción y la de aquélla de quien procede, el bien o derecho, cuando corresponda. Además, el artículo 80, en su nueva versión, esclarece que la determinación del cumplimiento de los parámetros urbanísticos y edificatorios de la edificación compete exclusivamente al verificador, por lo que no corresponde denegar la inscripción por aspectos técnicos del informe, o por discrepancias de éste con el formulario registral y planos, debiendo prevalecer la información señalada en el informe técnico. 0000010649 00000 n elementos de la imagen institucional y corporativa; Que, siendo así, resulta necesaria aprobar la Directiva que, establecerá los lineamientos para la Proyección de una Imagen, Institucional y Corporativa Homogénea de los Registros, Públicos en el ámbito nacional, con el objeto de gestionar la, nueva marca SUNARP como un activo estratégico, alineado, con la estrategia del servicio que brinda la Institución para. x�b```���l�|���ea�8��. Artículo 1.- Contenido del Reglamento El presente Reglamento regula los requisitos para la inscripción de los diferentes actos o derechos en el Registro de Predios, las formalidades de los documentos que dan mérito a las inscripciones, el contenido de los asientos registrales y los procedimientos previstos en otras normas de carácter registral. 02 reglamento de inscripciones del registro de predios de la sunarp 1. Artículo 1.- Modiicación del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios. técnico administrativas de los Registros Públicos. Se exceptúan los supuestos en los que tales actos, administrativos, conforme a la Ley del Procedimiento, Administrativo General, no tengan carácter ejecutorio, Si la resolución administrativa declara derechos, inscribibles a favor de una persona casada, deberá, señalarse en el título la calidad de bien propio o bien, conyugal. Patrimonio Cultural de la Nación, entre otros; Que, en esa línea el Jefe de la Zona Registral Nº IX, ZR. 0000007509 00000 n 0000002669 00000 n 122 0 obj <> endobj CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366, se crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Por cada acto o. derecho se extenderá un asiento registral independiente. F��5:݆������������]��f�k4��ceX�u$�IL����71 ?�\0�&���s�'%l. . Modifícase los artículos 50, 51, 53, 55 y 136 del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP/SN, conforme al siguiente texto: "Artículo 50 los asientos registrales y los procedimientos previstos en otras normas de carácter registral. 122 31 0000016604 00000 n Reglamento de Inscripciones del citado Registro de Predios; Que por Decreto Supremo Nº 023-2003-JUS del 7 de noviembre del 2003, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos aprobará el Reglamento de, Que, mediante Resolución Nº 326-2002-SUNARP/SN se designó un Grupo, de Apoyo que elaboró el Anteproyecto del Reglamento de Inscripciones del, SUNARP/SN, se constituyó, con el objeto de viabilizar el funcionamiento del, integrada por representantes de la Superintendencia Nacional de los Registros, Públicos - SUNARP, de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal -, COFOPRI, del Registro Predial Urbano - RPU, del Proyecto Especial de Titulación, de Tierras y Catastro Rural - PETT, de la Junta de Decanos de los Colegios de, Abogados del Perú y de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del, Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobando el Proyecto de. 0000001548 00000 n ��R�,�X`V`����4-< ��4�S��(E����� ПE� SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES. predio en calidad de propio, de ser el caso. funcionario que conserva en su poder la matriz. Artículo 2. La SUNARP, podrá determinar los casos de modificación física que, no requieran dicho informe, en atención a la capacidad, El área de Catastro verificará los datos técnicos del, plano presentado, de conformidad con la normativa, vigente sobre la materia, emitiendo un informe referido a, aspectos estrictamente técnicos donde se determine la, existencia o no de superposición de partidas, así como, otros aspectos relevantes, si los hubiere. x�b```�E�o�������9V0� �k3 Artículo 2°.- Del Registro de Predios El Registro de Predios es el registro jurídico integrante del Registro de . 0000000836 00000 n Primavera 1878, Santiago de Surco 15023. 0 0000001901 00000 n 0000000016 00000 n 152 0 obj<>stream Manuel Agusto Montes Boza Superintendente Nacional de los Registros Públicos, Av. Dichos documentos acreditan la convocatoria, ante el Registro. Si el, adquirente es casado, la indicación de haber adquirido el. %%EOF startxref inmovilización temporal de partidas de predios, aprobada por Resolución del Superintendente Nacional. económica, sino también permiten materializar, mediante el registro, derechos fundamentales como, la propiedad, la función social de ésta y el acceso, a la vivienda; por lo que emerge la necesidad de, dictar disposiciones que, sin suponer la creación o, modificación de requisitos, regulen actuaciones o, condiciones a las instancias registrales destinadas a, propiciar y facilitar las inscripciones bajo principios de, Que, asimismo, se han venido dictando disposiciones, como la Ley Nº 30830 y el Decreto Supremo Nº, 008-2019-VIVIENDA, que incorporan nuevos supuestos, la ampliación del plazo o la posibilidad de efectuar una, segunda regularización; así, también, se han efectuado. Reglas obligatorias para las asociaciones, La impugnación en la sentencia del quinto pleno casatorio Los acuerdos societarios, Talleres de Debates y Propuestas Registrales, Congreso internacional lucha contra la corrupción y política antisoborno, El Tribunal Registral en los servicios de publicidad, Organización interna de la partida registral, Inscripción en mérito a escritura pública, Inscripción en mérito a formulario registral, Inscripción en mérito a laudos arbitrales, Inscripción en mérito a acto administrativo, Informes de las áreas de Catastro de la SUNARP, Reglas para la inmatriculación en mérito a títulos con antigüedad de cinco años, Inmatriculación en mérito a títulos que no requieren de una antigüedad de 5 años, Presentación de plano perimétrico y de ubicación georreferenciado a la Red Geodésica Nacional, Inmatriculación solicitada por entidades formalizadoras, Inmatriculación o inscripción del derecho de propiedad de predios rurales de dominio privado del Estado, Inmatriculación de predios rurales transferidos a título gratuito a favor del Estado, Inmatriculación de predios rurales afectados por reforma agraria adjudicados a título gratuito a favor de particulares, Inmatriculación de predios rurales afectados por reforma agraria adjudicados a título oneroso a favor de particulares con resolución de cancelación o condonación de deuda, Inmatriculación de predios rurales afectados por reforma agraria adjudicados a título oneroso a favor de particulares sin resolución de cancelación o condonación de deuda, Inmatriculación de predios rurales adquiridos por terceros de un beneficiario de reforma agraria, Inmatriculación de predios rurales no afectados por la reforma agraria, Inmatriculación del territorio de comunidades campesinas, Inmatriculación del territorio de comunidades nativas, Inmatriculación para anotación de embargo, Anotación preventiva de documentos previos, Contenido del asiento de anotación preventiva, Anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana, Anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana aprobado por silencio administrativo positivo, Contenido del asiento de anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana, Anotación preventiva de la compraventa garantizada, Contenido del asiento de recepción de obras, Inscripción de recepción de obras con variación de área, linderos y medidas perimétricas, Inscripción de recepción de obras por silencio administrativo positivo, Recepción parcial de obras de habilitación urbana ejecutada por etapas, Habilitaciones para uso de vivienda con bienes comunes, Inscripción de regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas, Inscripción de habilitaciones urbanas de oficio, Inscripción de actos de disposición de lotes que integran una habilitación urbana, Inscripción de plano de trazado y lotización, Inscripción de modificación de planos de trazado y lotización, Suspensión del proceso de saneamiento físico legal, Inscripción de plano de trazado y lotización en predios declaradas patrimonio cultural de la nación, Parcelación de predio rural de propiedad de Empresas Campesinas Asociativas, Independización e inscripción del derecho de propiedad del parcelero, Título que da mérito a la independización de predio urbano, Independización de predio urbano por regularización de edificaciones, Título que da mérito a la independización de un predio rústico sin cambio de uso, Independización de unidades inmobiliarias sujetas a los regímenes establecidos en la Ley Nº 27157, Título que da mérito a la inscripción de acumulación de predios rurales, Acumulación de predios afectados con garantías reales o medidas cautelares, Anotación preventiva de predeclaratoria de fábrica, Contenido del asiento de anotación preventiva de predeclaratoria de fábrica, Anotación preventiva de prereglamento interno y preindependizaciones, Contenido del asiento de anotación preventiva de prereglamento interno y preindependizaciones, Plazo de vigencia de las anotaciones preventivas de predeclaratoria de fábrica, prereglamento interno y preindependizaciones, Anotación preventiva de compraventa en las partidas preindependizadas, Conversión en inscripción de la predeclaratoria de fábrica, el prereglamento interno y las preindependizaciones, Inscripción de la declaratoria de fábrica o demolición, Contenido del asiento de declaratoria de fábrica, Inscripción de acto previo al reglamento interno, Ámbito de aplicación de la propiedad exclusiva y propiedad común, Contenido del asiento de inscripción del reglamento interno, Independización simultánea de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva, Contenido del asiento de inscripción de compraventa, Inscripción de la transferencia de propiedad en la compraventa con pacto de reserva de propiedad y arrendamiento venta, Inscripción de la transferencia de propiedad en el arrendamiento financiero, Transferencia de cuotas ideales de un predio, Transferencias formalizadas con posterioridad al fallecimiento del transferente o adquirente, Inscripción de transferencias realizadas por el causante a favor de terceros, Cargas y gravámenes que no constituyen obstáculo para la inscripción, Transferencia de predio cuya edificación no se encuentra inscrita, Transferencia por dación en pago o permuta, Documento que da mérito a la inscripción de la adjudicación de un bien a favor de uno de los cónyuges como consecuencia del fenecimiento de la sociedad de gananciales, Inscripción de la reversión y de la revocatoria de donación, Inscripción de la transferencia por aporte, Inscripción de la transferencia por reducción de capital, Transferencia por fusión, escisión y reorganización simple, Transferencia de propiedad en el mandato sin representación, Independización por cambio de titularidad, Cancelación del asiento de hipoteca por declaración o autorización del acreedor, Liquidación de derechos por cancelación de hipoteca trasladada a partidas independizadas, Caducidad de la inscripción de los gravámenes, Título que da mérito a la cancelación por caducidad, Caducidad de medidas de ejecución, anotaciones de demanda y demás medidas cautelares, Sentencias y otras resoluciones no sujetas al plazo de caducidad, Gravámenes o restricciones no comprendidos en la Ley Nº 26639, Renovación o Reactualización de los asientos de inscripción, Caducidad del asiento renovado o reactualizado, Garantías constituidas a favor de personas jurídicas extintas, Anotación de embargo de inmueble inscrito a nombre de tercero, Cancelación de medidas cautelares en aplicación del artículo 625 del Código Procesal Civil, Reactualización de medidas cautelares, embargos definitivos y otras medidas de ejecución, Gravámenes o cargas que afectan parte del predio, Cancelación del asiento de anticresis por declaración del acreedor, Actos no inscribibles durante la vigencia de la anotación del bloqueo registral, Anotación preventiva de solicitudes de la Ley N° 27333, Anotación preventiva a solicitud de organismo competente, Extinción del derecho de superficie y cierre de partida, Emisión de nuevo título de crédito hipotecario negociable, Inscripción de condición de bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, Anotación preventiva del contrato de opción, Caducidad de la anotación del contrato de opción. Registro de Predios, las formalidades de los documentos que dan mérito a las inscripciones, el contenido de. 0000006887 00000 n 0000001659 00000 n Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios; RNE: Reglamento Nacional de Edificaciones; CNE: Código Nacional de Electricidad; Confían en Nosotros; Contacto (01) 642 9438; Artículo 1.- Modificación del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios. de la memoria descriptiva en varios actos registrales, lo cual será de aplicación progresiva, coadyuvando, en la disminución en los tiempos de calificación de, diversos actos registrales, contribuyendo a su vez en, Que, asimismo, se han realizado precisiones y, unificado criterios en la forma de extensión de los, asientos registrales de inmatriculación de predios de las, Que, a su vez se han establecido los requisitos, necesarios para inscribir la transferencia de cuotas, Que, asimismo, se han efectuado precisiones, necesarias en el caso de acumulación de predios, Que, se han realizado precisiones a los requisitos. Presentación. al texto actual del Reglamento de la Ley Nº 27157. integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, se ha, identificado cierta problemática sobre afectaciones, parciales del predio inscrito debido a la ausencia de, datos técnicos suficientes en sus antecedentes; motivo, por el cual se requiere efectuar precisiones normativas. Adicionalmente, deberá presentarse copia certificada. JUS; contando con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral y la Oficina General de, Artículo 1.- Modicación del Reglamento de, Modifícase los artículos 61, 62, 63, 78, 80 y 147 del. 0000003863 00000 n 0000016472 00000 n Son aplicables al Registro de Predios los principios, registrales contenidos en el Código Civil y en el Reglamento, El Registro de Predios se encuentra integrado por, las partidas registrales provenientes de los registros, que le dan origen así como por los asientos que en él se, extiendan, organizados mediante un sistema automático, Por cada predio se abrirá una partida registral en la, cual se extenderán todas las inscripciones que a éste, correspondan ordenadas por rubros. Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 540-2003-SUNARP-SN CONCORDANCIAS: R. N° 188-2004-SUNARP-SN Lima, 17 de noviembre de 2003. 0000023564 00000 n sólo a los procedimientos de inscripción iniciados a partir de su vigencia. Expreso mi agradecimiento a cada uno de los profesionales que han colaborado para esta publicación y que, día a día, brindan sus servicios con compromiso y dedicación en aras de satisfacer las expectativas y necesidades de la sociedad. asiento de presentación, debiendo, en dichos casos, continuar con la calificación del acto cuya inscripción, La presente Resolución entra en vigencia al día. un rubro distinto de aquél en el que debió practicarse, prevalecerá la naturaleza del acto, sin perjuicio de, proceder a su rectificación de conformidad con lo, dispuesto en el Reglamento General de los Registros, Artículo 6.- Inscripción en mérito a escritura, Cuando las inscripciones se efectúen en mérito a, escritura pública, se presentará el parte expedido por el, Notario o Cónsul, o el traslado respectivo extendido por el. endstream endobj 29 0 obj <> endobj 30 0 obj <>stream ha quedado firme, se extenderá además una anotación, en el rubro de cargas y gravámenes, en la que se dejará, La anotación a que se refiere el párrafo anterior sólo, podrá cancelarse en mérito a la constancia expedida por, la autoridad administrativa correspondiente o la copia, certificada de la resolución emitida en última instancia, Artículo 11.- Informes de las áreas de Catastro de, de un acto o derecho que importe la incorporación de un, predio al Registro o su modificación física, se inscribirán, previo informe técnico del área de Catastro. 0000001879 00000 n 0000012559 00000 n actos o derechos en el Registro de Predios, las formalidades de los documentos que dan mérito a las inscripciones, el contenido de los asientos registrales y los procedimientos previstos en otras normas de carácter registral. 0000005728 00000 n No obstante, el Registrador no tomará en cuenta aspectos contenidos. de diversos actos en el Registro de Propiedad Inmueble; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-90-VC, se aprobó el Reglamento, Públicos Nº 094-96-SUNARP, se aprobó el Reglamento de Inscripciones de la. Política de privacidad para el manejo de datos en Gob.pe, Sunarp: Simplifican procedimientos del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Plano de independización en el que conste el área, linderos y medidas perimétricas tanto de la porción a, Declaración Jurada del Vericador Responsable. startxref normas especiales, respecto de predios urbanos y rurales. Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, es el de modificación del reglamento interno, acto que también se inscribirá en mérito a documento privado o escritura pública . La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, pone a disposición de la ciudadanía el “Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios”, texto normativo que ha sido comentado por Vocales del Tribunal Registral, Registradores Públicos y especialistas del Sistema Nacional de los Registros Públicos. H���Mn1��s 0000024088 00000 n Artículo 2.- Del Registro de Predios El Registro de Predios es el registro jurídico integrante del Registro de Propiedad Inmueble en el que se inscriben los actos o derechos que recaen sobre predios a los que se refiere el artículo 2019 del Código Civil, normas administrativas y demás normas especiales. 0000003940 00000 n 0000017315 00000 n Que, a fin de agilizar los procesos de inscripción, se ha previsto la presentación de información digital. Por cada predio se abrirá una partida registral, en la cual se, extenderán todas las inscripciones que a éste correspondan. La modificatoria del artículo 78 tiene como fin evitar que se rechace un pedido de inscripción cuando la medida perimétrica total de los linderos no coincida con la sumatoria de los tramos consignados en el plano, siempre que dicha medida se adecue al antecedente registral que consta como descripción en la partida. ËZ}{dx9(g���6 ���0l�s���=ƭGo���;��: ]b��7-�5���D�B�Q_d���n���v�����޿����_��z�����q���oַ�/���i��|I}$ٜGܙ�$|��8Ir��q-�h[ON�j��+�"�&GX=Yĵdk�l,�eG��I. 0000003429 00000 n %PDF-1.4 %���� 0000005938 00000 n endstream endobj 202 0 obj <>>> endobj 203 0 obj <>/Type/Page>> endobj 204 0 obj <> endobj 205 0 obj <> endobj 206 0 obj <> endobj 207 0 obj <>stream La estructura de esta obra, sigue el orden del articulado del reglamento, lo que orienta su fácil consulta y posibilita su organizada lectura. de los Registros Públicos N° 314-2013-SUNARP-SN, respecto a las actuaciones de las instancias registrales, en la vericación de la autenticidad de documentos, provenientes de notario sobre partidas inmovilizadas, bajo. 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save Reglamento de Inscripciones Del Registro de Predio... For Later, los Registros Públicos establece que la SUNARP es el, ente rector de los Registros Públicos del país, integrando, Que, de conformidad con el segundo párrafo del, los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema, Nº 135-2002-JUS, los órganos que componen la SUNARP, Que, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 014-, 2012-JUS dispone que en el caso de publicación de normas, legales de carácter general que tengan anexos conteniendo, gráficos, formatos, formularios, se publicarán dichos anexos, en el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma. condiciones a las instancias registrales destinadas a Modifícase los artículos 61, 62, 63, 78, 80 y 147 del propiciar y facilitar las inscripciones bajo principios de Reglamento de inscripciones del Registro de Predios . 0000004045 00000 n Tratándose de personas jurídicas, se indicará su, denominación o razón social y la partida registral del, registro de personas jurídicas donde corre inscrita, de ser, e) La indicación precisa del documento en el que, f) El nombre del juez, funcionario público o notario que, autorice el título en mérito del cual se efectúa la inscripción. Los asientos registrales se extenderán unos a, Do not sell or share my personal information. actos o derechos en el Registro de Predios, las formalidades de los documentos que dan mérito a las inscripciones, el contenido de los asientos registrales y los procedimientos previstos en otras normas de carácter registral. 0000005492 00000 n 0000006819 00000 n Anotación de bloqueo registral (Artículo 136) Se incorpora que: Tratándose de minutas con firma digital o electrónica de los contratantes y Queremos aclarar sus posibles dudas respecto a las disposiciones referidas al procedimiento registral de la inscripción en el Registro de Predios, así como darle a conocer las opiniones de expertos en la materia; es por ello que ponemos a su disposición, comentarios exegéticos a los artículos del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios; comentarios efectuados por especialistas del área registral de la Sunarp. El Registro de Predios naci oficialmente en el Per con la promulgacin de la Ley 27755, publicada el 15 de Junio del 2002 en El Peruano, ley que precisa que el Registro de Predios estar integrado por el Registro de la Propiedad Inmueble, el Registro Predial Urbano y la Seccin Especial de Predios Rurales. G+J%��"�c�č��s1� �Y�M�U�R��FNg"!��I��� �}4e�fl���t�&Mݕ�lM2�AkE�����Y �7��=��o�T���e[w��f]7i��@3(�D;i6��t�0f^ǜ���#� ��n=�/M]iC���i��f�ɰg�5��(��# ��Y�i�w��B��R������}�Ӻi��{F۝q�O^���4t뙑��q�/�V��[��c�Y�d��S��n��G3+r���6�'�J�V6s��H�f�̼/Z��YF�m��� ���ܤ�l�lf�2�H��`5���`����!E�Mi��U�g����� E��p 0000000916 00000 n correspondiente oficio cursado por el Juez competente. Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP, cuyo texto forma parte integrante de la presente, resolución, el cual entrará en vigencia a los treinta (30), Inscripciones del Registro de Predios aprobado por la, Resolución N° 248-2008-SUNARP-SN, cuando entre, en vigencia el Reglamento aprobado en el artículo, El presente Reglamento regula los requisitos para, la inscripción de los diferentes actos o derechos en el, Registro de Predios, las formalidades de los, que dan mérito a las inscripciones, el contenido de los, asientos registrales y los procedimientos previstos en, El Registro de Predios es el registro jurídico integrante, del Registro de Propiedad Inmueble en el que se inscriben, los actos o derechos que recaen sobre predios a los, que se refiere el artículo 2019 del Código Civil, normas. En caso de tener alguna consulta o duda del presente evento, se pone a disposición los siguientes contactos: La calificación e inscripción registral de las embarcaciones pesqueras. Con la modificatoria del artículo 63 se evitarán observaciones cuando la memoria descriptiva no coincida con el plano de independización, habiéndose establecido que ante esta discrepancia no se debe observar, sino que el registrador debe basarse en la información del plano. del laudo, ni la capacidad de los árbitros para ejecutarlo. Artículo 3.- De los principios . Regstrese, comunquese y publquese. Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios; Que, la citada Subcomisión Normativa elevó dicho Proyecto a la Comisión, creada por el artículo 13 de la Ley Nº 27775, e integrada por representantes de, la SUNARP, COFOPRI, RPU, PETT, Junta de Decanos de los Colegios de Abogados. trailer Único Ordenado del Reglamento de la Ley 27157. independización de un predio rústico sin cambio de, La independización sin cambio de uso de un predio, rústico ubicado en área de expansión urbana, se efectúa, expresa que el predio a independizar se ubica en, de Resolución de autorización y adjuntando el plano, municipal de independización o parcelación debidamente, sellados y visados, debiendo precisarse en estos últimos, el área, linderos y medidas perimétricas tanto de la, En la partida independizada se dejará constancia, de la falta de inscripción del Planeamiento Integral, aprobado, salvo que se haya solicitado simultáneamente, su inscripción, acompañando la resolución de aprobación, “Artículo 63.- Independización de unidades, inmobiliarias sujetas a los regímenes establecidos en, Para la independización de unidades inmobiliarias, sujetas al régimen de propiedad exclusiva y propiedad, Do not sell or share my personal information. 201 27 Artículo 2°.- Del Registro de Predios El Registro de Predios es el registro jurídico integrante del Registro de . Las inscripciones dispuestas por mandato judicial, sólo se efectuarán si la resolución que contiene el, acto o derecho inscribible ha adquirido la autoridad, de cosa juzgada, salvo que se trate de resoluciones, Si el mandato judicial declara derechos inscribibles, a favor de una persona casada, deberá señalarse en el, de bienes conyugales, se indicará el nombre de ambos, Artículo 9.- Inscripción en mérito a laudos, copia certificada de la resolución arbitral con la constancia, de la notificación a que se refiere el artículo 59 del. 0000004737 00000 n 0000008125 00000 n 201 0 obj <> endobj 209 0 obj <>stream 0000007509 00000 n rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos; Que, mediante Resoluciones del 17 de diciembre de 1936 y 18 de junio, ampliación, el mismo que contiene, entre otras, normas relativas a la inscripción. h�bbd``b`z$CA�~�&�`����X�@�0,& �0�x$�1012xY�����ʿ ;D 0000006375 00000 n del Perú y Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú; Que, la Comisión aprobó el Proyecto de Reglamento de Inscripciones del, Que, conforme se difundió en la Separata de Normas Legales del Diario, prepublicación del Proyecto de Reglamento de Inscripciones del Registro de, Que, con los aportes y sugerencias recibidas, se remitió al Directorio de, la SUNARP el Proyecto Final del Reglamento de Inscripciones del Registro de, Predios, cuyo texto fue aprobado por unanimidad por el mencionado órgano. Open navigation menu. startxref el último párrafo del artículo 87 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. datos de cada cónyuge conforme al párrafo anterior. 0000017553 00000 n Artículo 3.- Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 540-2003-SUNARP-SN CONCORDANCIAS: R. N° 188-2004-SUNARP-SN Lima, 17 de noviembre de 2003. 0000001659 00000 n el contenido y aplicación del Reglamento actualizado o modificado, así como de las demás Normas, Disposiciones, Políticas o Lineamientos que emanen o deriven de éste. Además, la obra acerca al ciudadano frecuente del Registro, a la opinión calificada de los integrantes de las instancias calificadoras de la institución, sumada a la ilustrada jurisprudencia y a la mejor doctrina en materia inmobiliaria. Aplicación progresiva del artículo 11 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, Equivalencia en la expresión de área o medidas perimétricas, Cancelación de medidas cautelares que caducaron con anterioridad a la Ley N° 28473, Independización en mérito a título archivado, Normativa aplicable para la inscripción de las habilitaciones urbanas o de las declaratorias de fábrica, Base de datos de funcionarios que expiden documentos inscribibles. La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, pone a disposición de la ciudadanía el "Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios", texto normativo que ha sido comentado por Vocales del Tribunal Registral, Registradores Públicos y especialistas del Sistema Nacional de los Registros Públicos. 0000003621 00000 n Artículo 10.- Inscripción en mérito a acto, En los casos de inscripciones que se efectúen, en mérito a un acto administrativo, salvo disposición, en contrario, se presentará copia autenticada de la, resolución administrativa expedida por funcionario, autorizado de la institución que conserva en su poder la, matriz. %PDF-1.5 %���� xref Dicho informe, que cuente el área de catastro, actualizada a la fecha de, El informe del área de Catastro es vinculante para el, Registrador. Al respecto, para efectos de una calificación integral, de conformidad con el artículo 96 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, indicar la cuota ideal que con respecto a la totalidad del predio inscrito en la partida P03154191 del Registro de Predios de Lima, es materia de transferencia. 0000007735 00000 n y ex R.P.U. 0000008677 00000 n endstream endobj startxref 0000017071 00000 n Scribd is the world's largest social reading and publishing site. 0000004577 00000 n Asimismo, a tenor del artículo 62, se ha precisado que en el Formulario Único de Habilitación Urbana - FUHU debe señalarse, de forma expresa, que el predio a independizar se ubica en un área de expansión urbana; esta reforma se ha dictado dado que se omitía esta información, ocasionando que los registradores realicen observaciones y oficien a las municipalidades para confirmar que el predio se ubica en la citada zona. x�b```���l�|���ea�8��. Superintendente Nacional de los Registros Públicos, REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO DE, El presente Reglamento regula los requisitos para la inscripción, de los diferentes actos o derechos en el Registro de Predios, las, reglamentando los procedimientos previstos en otras normas de, Registro de Propiedad Inmueble en el que se inscriben los actos, o derechos que recaen sobre predios a los que se refiere el, artículo 2019 del Código Civil, normas administrativas y demás. 0000003104 00000 n 0000004737 00000 n D) Cargas y gravámenes, en el que se registrarán, según los casos, los bloqueos, las hipotecas, medidas, cautelares y demás cargas y gravámenes; así como los, E) Cancelaciones, en el que se extenderán los asientos, F) Otros, en el que se extenderán los asientos relativos, a los actos inscribibles en el Registro de Predios, que por, su naturaleza no corresponda extenderse en los demás, Las anotaciones preventivas se extienden en, el rubro de cargas y gravámenes, salvo aquellas a, que se refieren los literales c) y d) del artículo 65 del, Reglamento General de los Registros Públicos, las, que se extenderán en el rubro que corresponde a la, Cuando por error se hubiese extendido un asiento en. 122 31 CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Pblicos. administrativas y demás normas especiales. colegiado en su sesión de fecha 12 de noviembre de 2003; registrales requeridas para la eficacia y seguridad jurídica de la función registral; De conformidad con lo dispuesto por el literal b) del artículo 18 de la Ley, Nº 26366, y el literal b) del artículo 12 del Estatuto de la SUNARP, aprobado por, Estando a lo acordado y, de conformidad con lo dispuesto en el literal v), del artículo 7 del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº, Aprobar el Reglamento de Inscripciones del Registro de, Predios, el mismo que consta de 3 secciones, 155 artículos, 7 disposiciones, transitorias y 8 disposiciones complementarias y finales, cuyo texto forma parte, El presente Reglamento de Inscripciones del Registro de, Predios entrará en vigencia a partir del 19 de enero del año 2004, aplicándose. H����n�0��z Este libro, es el producto de la vasta experiencia y el esfuerzo conjunto de los operadores registrales y está dirigido a estudiantes de las facultades de Derecho, docentes universitarios, investigadores y abogados que se interesan en el estudio del Derecho Registral y reconocen a los “Registros Públicos” como el instrumento más eficiente para cautelar la seguridad jurídica. 0000003863 00000 n Modificación del Reglamento de modificación de requisitos, regulen actuaciones o inscripciones del Registro de Predios. trailer Lea aquí o descargue la versión actualizada de la Resolución 097-2013-SUNARP-SN: Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. h��TYo1�+~l�/�@����4RIQ5�.��Ҳ�v����̲4iy�Fc����Y �SB3)z0w�T!��!�>�=�I�P��:dWW|�%Y�����)�`�>�ٻ�����HR��2�R��LQrP�ܥ���4ϖ�us>��ݻE�?�w���v������6IaA�0ɣ�aM��"�=�l� �v��߇�A���c=���}��z����׶4u��|��u������l?����:��Z�Aֱ����A��3i���rZOf��\n�r��|kR=���P�Ι$^�ub�����,�]�+6��;���g�a�� ���n�e���5��AZ��z�mL^��IK����\��x���a���R/uC�{�6�\xw%�a�f�51�hGgd�����_���q�1��dxᚲ���j�'h)��UGdQ��-�{⨧ZƊ��#V;����(��*e���� 0000001971 00000 n Por, independiente. 0000008730 00000 n para extender los asientos de inscripción de jurisdicción, evitando el uso indebido e indiscrimidado del mismo, entre, Que, mediante Acta N° 292 del Directorio de la, b) del artículo 12° del Estatuto de la SUNARP, se acordó, por unanimidad aprobar el Reglamento de Inscripciones, De conformidad a lo dispuesto en el literal v) del artículo, 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución. %%EOF 6|�,4��J��X#"���d�c���S�I~���f_�׻w�ۍ �d�gI�|b���qpq�%���l�26�B.���2>ᘤ ��ٝ_�e�Q��)�J&��)l �T�Yt��B�)�0S2��L�"3�2̔9PS�2���9t*�2�� 3,nXܰ�0î� �3�n�F�a`��� ˀ& w�m�aw`��+C ��*�} 3%� fJ ܔ�0S�Lag��b�5����T&��h�$V�.30w/�@�Qd��b��.b�3(i��j�s�E)��y�Ĥs|�խ�3[$���81N�iHaV�d�`CpN��pp6.�h@�A�)��gFiu�)���{0��n�����Z��tƲG��o#�� w7�ON�R|�x�{㘸���U��������� ��(Ka8�8ƫ@�K���� ��w� Z���U�1\��n�m��f5a��Zq6f+̷_F�_D,đ ����߯s�_{ƞPFn��,���Q�+��^�һ�ܞRs2 �J�����-�����r�0 ��� 0000002034 00000 n Participar con aquellas dependencias administrativas . %PDF-1.4 %���� 0000002189 00000 n 0000016604 00000 n estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad, de los actos y contratos en los Registros Públicos que, integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso, de simplificación, integración y modernización de los. 0000003621 00000 n Artículo 4.- ORGANIZACIÓN DE LA PARTIDA REGISTRAL: El Registro de Predios se encuentra integrado por las partidas, registrales provenientes de los registros que le dan origen, así. REGLAMENTO DE INSCRIPCION DE PREDIOS 2013 SUNARP by jorge_gomez_12 0000003585 00000 n Esperando siempre que este trabajo pueda ser de, ayuda a todo aquel que desee tener información del tema, Do not sell or share my personal information. trailer . 0000017315 00000 n @+���a]a�;6��ZCo�� ��LF_Kc��-�м�H�:�d�k��o8���^] establecidos por dicha disposición legal; el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, conjuntamente con el Informe Técnico de vistos, para la, evaluación y aprobación respectiva; la cual cuenta con, la opinión favorable de la Ocina General de Asesoría, Reglamento de Organización y Funciones, aprobado, por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, acordó aprobar, por unanimidad la modicación del Reglamento de, Inscripciones del Reglamento de inscripciones del, Registro de Predios, aprobado por Resolución del, Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº, Estando a lo acordado y, de conformidad con la, facultad conferida por el literal x) del artículo 9 del, Reglamento de Organización y Funciones de la, Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-. 0000008677 00000 n 0000008125 00000 n Reglamento de Inscripciones Del Registro de Predios. endstream endobj 192 0 obj <>stream 0000001358 00000 n El presente Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios entrar en vigencia a partir del 19 de enero del ao 2004, aplicndose slo a los procedimientos de inscripcin iniciados a partir de su vigencia. 0000005492 00000 n En los asientos de inscripción relativos a predios ya, registrados se omitirán las circunstancias que ya, predeterminados que permitan ingresar los datos, relevantes del asiento de inscripción en el sistema, Artículo 14.- Intervención conjunta de los cónyuges, Para la inscripción de los actos o contratos de, adquisición, disposición o gravamen de un bien social, deberá constar en el título la intervención de ambos, Artículo 15.- Rectificación de la calidad del bien, Cuando uno de los cónyuges, manifestando un, estado civil distinto al que le corresponde hubiere, inscrito a su favor un predio al que la Ley le atribuye, la calidad de bien social, la rectificación de la calidad, del bien se realizará en mérito a la presentación de, título otorgado por el cónyuge que no intervino o sus, sucesores, insertando o adjuntando la copia certificada, de la respectiva partida de matrimonio expedida con, posterioridad al documento de fecha cierta en el que, dispuesto en el artículo 85 del Reglamento General de, La inmatriculación es el acto por el cual se incorpora, Para la inmatriculación de un predio se requerirá, el informe técnico del área de Catastro a que se, refiere el artículo 11, donde se determine si el predio, a inmatricular se superpone o no a otro ya inscrito, de, acuerdo a la base gráfica con la que cuenta el área, No impide la inmatriculación el informe técnico que, señale la imposibilidad de determinar si el predio se, Do not sell or share my personal information. Es de  resaltar que los actos relativos a las modificaciones físicas de los predios, tales como la declaratoria de fábrica o independizaciones –de alta demanda por la ciudadanía–, tienen gran trascendencia en el tráfico jurídico, no solo por el eventual valor monetario que representan en el marco de la reactivación económica, sino también porque permiten materializar, mediante el registro, derechos fundamentales como la propiedad, la función social de ésta y el acceso a la vivienda; por lo que las reformas aprobadas  propiciar y facilitar las inscripciones bajo principios de simplificación y predictibilidad. 0000002669 00000 n 0000006887 00000 n 122 0 obj <> endobj de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP/SN, “Artículo 61.- Independización de predio urbano, Tratándose de subdivisiones efectuadas dentro del, se reere la Ley N° 27157 y la Ley 27333, para efectuar, las respectivas independizaciones no será aplicable, lo dispuesto en el artículo 60. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366, se crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Tampoco podrá calificar la validez del acuerdo arbitral ni. Comentado por: Max Panay Cuya su correspondencia con el contenido del laudo. 0000009312 00000 n Reglamento de Inscripciones Del Registro de Predios by marlith_carrion. 0000005010 00000 n h�b```f``2g`a``/`�e@ ^&�(G6��)mr�|�UA��̪2&��eX�j��o?�I\bᖗ�wJi��E�I����2[�;wu\�ڴ5O10�̦�O�B� �æ�0 <]>> endstream endobj 189 0 obj <> endobj 190 0 obj <> endobj 191 0 obj <>stream La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informó que, mediante Resolución N° 068-2021-SUNARP/SN se modificaron los artículos 61, 62, 63, 78, 80 y 147 del Reglamento de inscripciones del Registro de Predios, a fin de simplificar y facilitar la independización de predios urbanos por regularización de edificaciones . que permitan viabilizar las solicitudes de inscripción; consecuencia de la constante actualización y simplicación, del procedimiento registral, se ha identicado la necesidad, 80 y 147 del Reglamento de Inscripciones del Regi, Predios, respecto a los actos antes aludidos, sin que ello, suponga, como lo hemos señalado, una incorporación o, Disposición Transitoria del Reglamento de Inscripciones, de Predios, en cuyo texto se prohíbe la regularización, sucesiva de edicaciones bajo el procedimiento de la Ley, Nº 27157, lo cual, a la fecha, puede ser posible conforme, a la Única Disposición Complementaria Transitoria de la, Ley Nº 30830 siempre que se cumplan los presupuestos. 0000000016 00000 n
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