El pasado 8 de julio, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi emitió la Resolución N° 048-2021, en la que dispone confirmar como barrera burocrática ilegal la imposición de horarios de atención presencial a las solicitudes recibidas por medio de la Mesa de Partes Virtual.
La Playa N°188 – … Mediante Resolución 0265-2020/CEB-INDECOPI del 17 de noviembre de 2020, la Comisión declaró barrera burocrática ilegal la limitación de remitir solicitudes a través de medios de transmisión de datos a distancia como correo electrónico, únicamente en el horario institucional de atención presencial al público, materializada en el Oficio 3053-2019. Vacaciones útiles: cómo decidir lo mejor para nuestros hijos, Conoce el cronograma 2023 de pagos de sueldos y pensiones en el Estado, Asà luce muro entre La Molina y Villa MarÃa del Triunfo que será derribado [fotos y video], 33 playas de Lima Metropolitana están aptas para bañistas: conoce cuáles son, Cusco: aeropuerto Alejandro Velasco Astete no suspenderá sus operaciones, MTC: hay 44 puntos de tránsito interrumpidos en el paÃs, Minedu: más de 22 000 auxiliares de educación tendrán aumento de S/ 800 en marzo, Obispos del Perú reprueban muertes en Puno e invocan a detener con urgencia la violencia, Indecopi inicia capacitación a 60 estudiantes y egresados universitarios, Diresa Puno reporta 12 fallecidos y 38 personas heridas en Juliaca, Conozca los museos de la Catedral de Lima y el Palacio Arzobispal, Elecciones Generales 2021: candidatos presidenciales. Como usuario de este servicio, serás responsable del contenido y registro de la información de los documentos que presentes. - soporte.ti@dirislimanorte.gob.pe. sessionStorage.removeItem( 'tcb_toast_message' ); Ver 4.0.3.
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La denunciante indica que habÃa presentado su solicitud ante la entidad pública, por medio de correo electrónico a las 22:40 pm del 30 de octubre de 2019, pero que, sin embargo, se consideró presentada el dÃa 4 de noviembre. El 4 de marzo de 2020, la señora Fiorella Paola Huanca Azán (en adelante, la denunciante) interpuso una denuncia en contra del Ministerio de Educación (en adelante, el Ministerio) ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (en adelante, la Comisión) por la imposición de la presunta barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad consistente en la limitación de remitir solicitudes a través de medios de transmisión de datos a distancia como correo electrónico, únicamente en el horario institucional de atención presencial al público, materializada en el Oficio 3053-2019-MINEDU/VMGI-DRELM-OSSE del 23 de diciembre de 2019 (en adelante, el Oficio 3053-2019). Supuesto distinto al presente caso, debido a que su solicitud fue enviada en día hábil. ... Asesoría virtual de Marcas + Ver más . $( window ).on( 'tcb_after_dom_ready', () => {
(viii) El precitado criterio ha sido recogido, además, por la Directiva 006- 2015/TRI-INDECOPI, ya que caso contrario, se estarían vulnerando los principios de informalismo, legalidad y razonabilidad, de cumplimiento obligatorio en todos los procedimientos administrativos. Si deseas publicar con nosotros escríbenos al correo.
Cabe mencionar que, anteriormente, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi ya habÃa dispuesto considerar como barrera burocrática ilegal la limitación de remitir solicitudes de forma virtual, como correos electrónicos, solo en el horario de atención presencial al público.
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WebBienvenido a la Mesa de Partes Virtual del INDECI El siguiente formulario permite registrar su solicitud a nuestro sistema. Compatibilidad con +59 +60 +11 +42. /** (ii) De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.7.1.1 de la Directiva, la recepción de documentos externos se realiza de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 08:15 horas y las 17:00 horas a través de mesa de partes del Ministerio. Por otro lado, el Indecopi indica que de dicho artÃculo âse desprende que, una vez presentados fÃsicamente los documentos remitidos en un inicio por sistemas de transmisión de datos a distancia, el escrito se tendrá por recibido en la fecha de envÃo del correo electrónico, independientemente de la hora en la que se hubiese remitido la documentaciónâ (fundamento 6 de la Resolución). Correo Electrónico: D.N.I. (iv) Considerando que la solicitud de autorización presentada por la denunciante fue remitida el 30 de octubre de 2019 a las 22:40 horas y que el 31 de octubre de dicho año fue declarado feriado no laborable mediante el Decreto Supremo 002-2019-PCM, la solicitud se tuvo por presentada al día hábil siguiente, esto es, el 4 de noviembre de 2019, por lo que fue presentada de manera extemporánea. ANDINA/Jhonel RodrÃguez Robles, El ministro de EconomÃa y Finanzas, Alex Contreras, sostuvo que está el compromiso polÃtico de parte del Poder Ejecutivo de sacar adelante las obras paralizadas https://t.co/Vkjkyx2tCc pic.twitter.com/DzxD2JqU2j.